jueves, 9 de mayo de 2013


CAJA DE PREVISIÓN  SOCIAL

PRESENTACIÓN DEL CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA
La Caja de Previsión Social informa a sus beneficiarios que el plazo para presentar su Certificado de Supervivencia rige desde el 2 de mayo al 30 de junio del corriente año.
Se confeccionará de lunes a viernes en el horario de 9.30 a 14 horas, en la Sede Central de esta Caja en Río Gallegos (Av. San Martín 1062), en las delegaciones de la Provincia, en las oficinas que la CPS tiene en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la ciudad de Córdoba., de Lunes a Viernes en horario de 09:00 a 14:00 horas en la calle Fructuoso Rivera Nº 161 .Bº Nueva Córdoba , en Córdoba (capital) T.E.  0351 -4218420

Asimismo, el beneficiario que no resida en la provincia de Santa Cruz, podrá confeccionar el Certificado ante Escribano Público o Juez de Paz, el cual necesariamente tendrá que contener la firma del afiliado.


En el caso que el beneficiario, en caso de fuerza mayor, esté imposibilitado de trasladarse hacia los lugares autorizados para la realización del trámite, se deberá comunicar esta situación a la Institución, con certificado medico , comprobante de un servicio a su nombre y documento de identidad del pasivo, se solicitara  autorización a  la CPS de Río Gallegos, una vez concedido recién el personal autorizado por la CPS podrá hacerse presente en su domicilio.

Además, el Formulario se encuentra para descargarlo en la página web de la CPS,: www.santacruz.gov.ar/previsión.
 El mismo podrá ser completado con sus datos personales, y sólo puede ser firmado por el titular ante el personal de la Institución o autoridad competente.

Para la realización del trámite, el beneficiario deberá presentarse con los siguientes documentos: DNI, Libreta de Enrolamiento, Libreta Civil, Cédula Provincial o Nacional con fotografía que acredite la identidad del beneficiario.

 La confección del Certificado no podrá realizarse con el carnet de afiliado a la CPS.

Se recuerda que la no presentación del Certificado de Supervivencia generará la suspensión automática del pago del haber para el mes de agosto del 2013.

No hay comentarios:

Publicar un comentario