Exclusivo: el informe que la CPS entregó a Peralta para regularizar deuda de las comunas
Se desconoce por qué el Gobierno provincial dejó de lado la iniciativa
fundada en un informe técnico de la Gerencia de Contabilidad y Finanzas
del organismo, en el que se hizo un pormenorizado detalle de la deuda
previsional de las municipalidades y comisiones de fomento. El acuerdo
le condonaba a los intendentes la deuda consolidada hasta 2010.
fundada en un informe técnico de la Gerencia de Contabilidad y Finanzas
del organismo, en el que se hizo un pormenorizado detalle de la deuda
previsional de las municipalidades y comisiones de fomento. El acuerdo
le condonaba a los intendentes la deuda consolidada hasta 2010.
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El proyecto establecía una propuesta institucional que se denominó
“Acuerdo Federal Provincial de Reconocimiento y Acuerdo
de Pago de Deuda Previsional”.
“Acuerdo Federal Provincial de Reconocimiento y Acuerdo
de Pago de Deuda Previsional”.
El documento se entregó al entonces gobernador Daniel
Peralta en agosto de 2013 cuando al frente de la Caja
de Previsión Social estaba Argentina Nieves Beroiza, el jefe
de Gabinete era Ariel Ivovich y el ministro de Economía, José
Blassiotto.
Peralta en agosto de 2013 cuando al frente de la Caja
de Previsión Social estaba Argentina Nieves Beroiza, el jefe
de Gabinete era Ariel Ivovich y el ministro de Economía, José
Blassiotto.
Allí, surge que la propuesta llega luego de que los
intentos de reordenamiento de las deudas previsionales
vigentes desde la Ley 2193 del año 1990, la Ley 2263
del año 91 y el Decreto 3052 del 2003 “fueran solo buenos
intentos, pero el tiempo ha demostrado que fracasaron”.
intentos de reordenamiento de las deudas previsionales
vigentes desde la Ley 2193 del año 1990, la Ley 2263
del año 91 y el Decreto 3052 del 2003 “fueran solo buenos
intentos, pero el tiempo ha demostrado que fracasaron”.
Recuerda que por aproximadamente dos décadas, el
sistema previsional provincial ha sido sostenido por el “Fondo
de Garantía de Sustentabilidad” cuyo único y principal
aporte económico provino de los recursos coparticipables de
las municipalidades y comisiones de fomento.
sistema previsional provincial ha sido sostenido por el “Fondo
de Garantía de Sustentabilidad” cuyo único y principal
aporte económico provino de los recursos coparticipables de
las municipalidades y comisiones de fomento.
Pero sucede que “desde su implementación a septiembre del
año 1995, a través de la Ley 2401, dicho fondo ha sido y es
el principal recurso extra no contributivo de sustentabilidad del
sistema previsional provincial”.
año 1995, a través de la Ley 2401, dicho fondo ha sido y es
el principal recurso extra no contributivo de sustentabilidad del
sistema previsional provincial”.
Por ello, los responsables del informe advirtieron al
Ejecutivo entonces que resultaba “necesario traer justicia
a un sector de trabajadores de la administración pública,
en este caso el municipal” ya que “por casi dos
décadas ha sido el que cargado el esfuerzo económico
financiero en sus administraciones, en pos del conjunto de
la totalidad de los demás beneficiarios del sistema de
jubilaciones y de retiros policiales”, ponderaron.
Ejecutivo entonces que resultaba “necesario traer justicia
a un sector de trabajadores de la administración pública,
en este caso el municipal” ya que “por casi dos
décadas ha sido el que cargado el esfuerzo económico
financiero en sus administraciones, en pos del conjunto de
la totalidad de los demás beneficiarios del sistema de
jubilaciones y de retiros policiales”, ponderaron.
Tal necesidad también se puso de manifiesto al momento de que
cada uno de los intendentes y comisionados pudiera
“poner el orden administrativo necesario al momento
de efectuar las correspondientes rendiciones de cuentas” exigía
además.
cada uno de los intendentes y comisionados pudiera
“poner el orden administrativo necesario al momento
de efectuar las correspondientes rendiciones de cuentas” exigía
además.
El informe es amplio e incluye una cronología desde la
genesis de la deuda previsional y su abultado déficit, aportando
planillas de cálculos con proyecciones y la deuda consolidada de
cada localidad hasta diciembre de 2010.
genesis de la deuda previsional y su abultado déficit, aportando
planillas de cálculos con proyecciones y la deuda consolidada de
cada localidad hasta diciembre de 2010.
Pero lo más contundente fue que en su anexo, trae un modelo de
acuerdo para que firmen intendentes y comisionados
de fomento, obligados en su primer punto a “reconocer
adeudar a la provincia (Caja de Previsión Social) ‘X’ suma
al día de la rúbrica”, que nunca llegó.
acuerdo para que firmen intendentes y comisionados
de fomento, obligados en su primer punto a “reconocer
adeudar a la provincia (Caja de Previsión Social) ‘X’ suma
al día de la rúbrica”, que nunca llegó.
El acuerdo establecía que cada uno de los mandatarios admitía su
deuda al 31 de diciembre de 2010, que por ejemplo en el caso
de Caleta Olivia era entonces de $187.095.016,29, en el caso de
Río Gallegos ascendía a $ 97.226.134,28 Pico Truncado,
$47.148.692,25, seguida de las Heras con $52.556.450,40, Puerto
Deseado con $39.418.113,77, El Calafate $28.096.573 o Lago
Posadas con otros $1.695.342,57, entre otros.
deuda al 31 de diciembre de 2010, que por ejemplo en el caso
de Caleta Olivia era entonces de $187.095.016,29, en el caso de
Río Gallegos ascendía a $ 97.226.134,28 Pico Truncado,
$47.148.692,25, seguida de las Heras con $52.556.450,40, Puerto
Deseado con $39.418.113,77, El Calafate $28.096.573 o Lago
Posadas con otros $1.695.342,57, entre otros.
Quedaba claro que esas deudas tenían su origen “en el
no pago de los aportes patronales y de otras contribuciones
patronales de sus empleados dependientes”, conforme
los obliga la Ley 1782, de jubilaciones y pensiones.
no pago de los aportes patronales y de otras contribuciones
patronales de sus empleados dependientes”, conforme
los obliga la Ley 1782, de jubilaciones y pensiones.
Sin embargo, el acta establecía que la provincia
perdonaba la deuda consolidada de las comunas hasta
diciembre de 2010 “en el marco de la creación del fondo
especial para el financiamiento de la efectiva intrasferibilidad,
de la Caja de Previsión Social”, que desde septiembre de
1995 se financia con el descuento del 20% de los fondos
coparticipables de todos los municipios.
perdonaba la deuda consolidada de las comunas hasta
diciembre de 2010 “en el marco de la creación del fondo
especial para el financiamiento de la efectiva intrasferibilidad,
de la Caja de Previsión Social”, que desde septiembre de
1995 se financia con el descuento del 20% de los fondos
coparticipables de todos los municipios.
Era algo así como “quedar a mano” ya que por cada vez que
TiempoSur consultó a los intendentes si acaso reconocían sus
deudas con la Caja de Previsión, estos siempre alegaron y de
manera sistemática que no era así, ya que mes a mes
sufrían descuentos. Empero: una cosa no tenía realmente que
ver con la otra, sino que en definitiva los argumentos formaban
parte de acuerdos tácitos entre los jefes comunales y el
Ejecutivo Provincial, tal como sucedió con los denominados
“aportes para déficit no reintegrables” que hoy, con el cambio
de gobierno se transformaron en deuda.
TiempoSur consultó a los intendentes si acaso reconocían sus
deudas con la Caja de Previsión, estos siempre alegaron y de
manera sistemática que no era así, ya que mes a mes
sufrían descuentos. Empero: una cosa no tenía realmente que
ver con la otra, sino que en definitiva los argumentos formaban
parte de acuerdos tácitos entre los jefes comunales y el
Ejecutivo Provincial, tal como sucedió con los denominados
“aportes para déficit no reintegrables” que hoy, con el cambio
de gobierno se transformaron en deuda.
Es que todos los municipios y comisiones e fomento
están obligados por el artículo 18 de la Ley Previsional,
a depositar en la cuenta que indique la Caja dentro de
los primeros siete días corridos de cada mes, las
sumas deducidas durante el mes anterior y los
correspondientes aportes patronales remitiendo
a la Caja los comprobantes de depósito dentro de
las 24 horas de operados.
están obligados por el artículo 18 de la Ley Previsional,
a depositar en la cuenta que indique la Caja dentro de
los primeros siete días corridos de cada mes, las
sumas deducidas durante el mes anterior y los
correspondientes aportes patronales remitiendo
a la Caja los comprobantes de depósito dentro de
las 24 horas de operados.
En el borrador de acuerdo con jefes comunales, “las comunas
se obligan en forma incondicional a abonar a la CPS”
la deuda creada a partir de enero de 2011 a agosto de 2013
(fecha en la que se elaboró el informe) y en adelante,
para lo cual los municipios y comisiones de fomento
“delegan en el Ministerio de Economía y Obras Públicas,
la retención la gestión de pago y el cumplimiento del
depósito de las mensualidades a través de la
Tesorería General de la Provincia”
se obligan en forma incondicional a abonar a la CPS”
la deuda creada a partir de enero de 2011 a agosto de 2013
(fecha en la que se elaboró el informe) y en adelante,
para lo cual los municipios y comisiones de fomento
“delegan en el Ministerio de Economía y Obras Públicas,
la retención la gestión de pago y el cumplimiento del
depósito de las mensualidades a través de la
Tesorería General de la Provincia”
Lo cierto es que pese a esta propuesta, el Gobierno santacruceño
prefirió dejar de lado el posible acuerdo con las comunas, en
un escenario de plena grieta política con el kirchnerismo.
Por entonces, se avecinaban las elecciones legislativas y los
intendentes del FPV le reclamaban al Gobernador la ejecución
de un reparto más justo de fondos, y el cumplimiento de la
denominada Ley Arabel.
prefirió dejar de lado el posible acuerdo con las comunas, en
un escenario de plena grieta política con el kirchnerismo.
Por entonces, se avecinaban las elecciones legislativas y los
intendentes del FPV le reclamaban al Gobernador la ejecución
de un reparto más justo de fondos, y el cumplimiento de la
denominada Ley Arabel.
Vale recordar que actualmente, el gobierno de Alicia Kirchner
sí emplazó a los intendentes a la transferencia de los
aportes patronales, aunque se desconoce si acaso la
denominada deuda consolidada tendrá una revisión o
quedará en el olvido.
sí emplazó a los intendentes a la transferencia de los
aportes patronales, aunque se desconoce si acaso la
denominada deuda consolidada tendrá una revisión o
quedará en el olvido.
Hoy por hoy, la provincia sí descuenta mes a mes a cada
Intendente el 5% de la coparticipación, en función
de recuperar los aportes para déficit que no figuran
en la Ley de Presupuesto
Intendente el 5% de la coparticipación, en función
de recuperar los aportes para déficit que no figuran
en la Ley de Presupuesto
.Tiempo Sur
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